Notificaciones Judiciales
La ESAP ha dispuesto este correo electrónico para que los despachos judiciales cuenten con un medio de comunicación más ágil que permita dar celeridad a los trámites en que es parte: notificaciones.judiciales@esap.gov.co
Notificaciones de Respuestas a Peticiones Anónimas
En este espacio es que la ciudadanía pueda consultar las respuestas de las peticiones que, por carecer de una dirección física, de correo electrónico y/o que por algún motivo no se pudo entregar en la dirección física mencionada y/o en el correo electrónico proporcionado. La figura de las peticiones anónimas está prevista en el ordenamiento jurídico al amparo de lo dispuesto por la Corte Constitucional en sentencia C-951 de 2014. La presentación de peticiones anónimas debe ser una excepción, pues por regla general la falta de identificación del peticionario dificulta la concreción de la respuesta y puede implicar falta de responsabilidad en las afirmaciones que se realizan y a su vez afectar impunemente derechos de terceros como el buen nombre o la honra.
A continuación se publican las respuestas a derechos de petición o requerimientos en los que se desconozca la dirección de notificación del solicitante (virtual o física) o que los mismos han sido devueltos. La respuesta se notifica en los términos del inciso segundo del artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en el cual se indica el número de radicación que le permita al solicitante hacer seguimiento al trámite de su petición, queja, reclamo, sugerencia, denuncia o felicitación.