¿Qué es el requisito de Segunda Lengua?
Los estudiantes de los programas de pregrado deberán acreditar el nivel A2 de suficiencia en una segunda lengua para optar al título profesional, tal como lo indica el Reglamento Estudiantil Único.
Este requisito deberán acreditarlo todos los estudiantes que ingresan en los programas de pregrado a partir del segundo semestre del 2024, es decir 2024-2. El cual podrá acreditarse desde el primer semestre del plan de estudios y antes de realizar la solicitud de grado, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia establecido en el Reglamento Estudiantil Único.
Se reconocerá el nivel de suficiencia en las siguientes lenguas:
- Lenguas no hispanoparlantes.
- Castellano como segunda lengua para estudiantes de comunidades y/o grupos étnicos del país, cuya lengua materna sea otra diferente a la del Castellano.
- Castellano como lengua extranjera para estudiantes no hispanoparlantes.
Normatividad
Se contempla en el Reglamento Estudiantil Único de la ESAP, Acuerdo 02 de 2018, modificado parcialmente por el Acuerdo 02 de 2020, artículo 69, numeral 5 “Para los programas de pregrado y maestría, demostrar el nivel de suficiencia en segunda lengua, de acuerdo con lo establecido para cada nivel de formación en la normativa correspondiente”
Además, en el Acuerdo 01 de 2024: “Se reglamenta el nivel de suficiencia en segunda lengua de los programas de pregrado de la Escuela Superior de Administración Pública.”
¿Cómo cumplir el requisito de segunda lengua?
Los estudiantes de los programas de pregrado podrán cumplir el requisito de segunda lengua mediante una de las siguientes opciones:
- Certificado vigente de un examen internacional correspondiente al nivel A2 o superior, de conformidad con el Marco Común Europeo de Referencia.
Certificaciones: Anexo 1 Certificaciones. - Certificación o diploma expedido por colegios bilingües internacionales reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional que acredite el nivel de suficiencia en segunda lengua requerido por la ESAP.
- Título universitario en programas de pregrado y/o posgrado, cursados en cualquier país no hispanoparlante, con la debida resolución de convalidación emitida por el Ministerio de Educación Nacional.
- Título académico de pregrado y/o posgrado en lenguas extranjeras.
- Reporte de resultados del módulo de inglés obtenido en la prueba de estado SABER PRO, siempre y cuando el nivel alcanzado sea igual o superior al nivel A2.
- Cursar y aprobar el curso de lengua extranjera inglesa ofrecido por la ESAP como alternativa para acreditar el requisito de segunda lengua.
Reconocimiento de segunda lengua para Los estudiantes pertenecientes a grupos étnicos de Colombia
La Escuela Superior de Administración Pública acreditará el nivel de suficiencia en Castellano como segunda lengua para los estudiantes de pregrado pertenecientes a comunidades y/o grupos étnicos del país, cuya lengua oficial sea otra diferente a la del Castellano.
Para acreditar la condición de miembro de una comunidad y/o grupo étnico del país cuya lengua oficial sea otra diferente a la del Castellano, el estudiante deberá aportar al menos uno de los siguientes documentos:
- Certificación expedida por el Ministerio del Interior.
- Certificación expedida por la máxima autoridad de cada comunidad y/o grupo étnico del país.
- Certificación del censo interno que deba llevar cada comunidad y/o grupo étnico del país.
Los estudiantes de pregrado pueden radicar su solicitud de cumplimiento del requisito de segunda lengua, dirigida a la Decanatura de Pregrados, al correo: ventanillaunica@esap.edu.co con copia a decanatura.pregrado@esap.edu.co
Curso Lengua Extranjera Inglesa
La ESAP ofrece la posibilidad a los estudiantes de pregrado de cumplir con su requisito de suficiencia en segunda lengua a través del curso de lengua extranjera inglesa. Este curso que ofrece la Decanatura de Pregrados está organizado de acuerdo con el Marco Común Europeo, como lo indica el Ministerio de Educación Nacional.
NOTA: este curso no hace parte de la malla curricular de los planes de estudios, y tendrá una evaluación de aprobado y no aprobado.
El curso de formación en segunda lengua inglesa será autodirigido y se ofrecerá de acuerdo con la metodología virtual, a través de la plataforma Moodle. Para llevar a cabo esta alternativa, la decanatura de pregrados ha estructurado el abordaje del curso de lengua extranjera inglesa de la siguiente manera:

a. Realización examen “Placement test”
El estudiante deberá realizar el ‘Placement test’, el cual es un examen de clasificación que permite identificar el nivel de inglés del estudiante, con el fin de situarlo en el nivel apropiado para el desarrollo del curso.
Para la aplicación del ‘Placement test’, la Decanatura de Pregrados, por medio de la plataforma virtual, realizará dicha prueba durante las fechas establecidas en el micro calendario que será socializado con anterioridad.
El estudiante que opte por no presentar el examen de clasificación en segunda lengua deberá informar a la Decanatura de Pregrados su intención de inscripción al curso ofrecido en el nivel uno (1) de formación.
b. Desarrollo de los Niveles de formación
De acuerdo con los resultados del ‘Placement test’, el estudiante iniciará el curso en uno de los cuatro niveles de formación:
| Estado inicial | Niveles del Curso de Segunda Lengua Inglesa | |||
| Placement Test | Nivel I | Nivel II | Nivel III | Nivel IV |
| A1.1 – 50h | A1.2 – 50h | A2.1 – 50h | A2.2 – 50h | |
| Duración total de 200 horas | ||||
El curso de lengua extranjera inglesa está organizado en 4 niveles, cada uno con una duración en contenido temático de 50 horas.
Los niveles siguen una secuencialidad en la temática que permite trabajar con el estudiante las cuatro habilidades (leer, escribir, escuchar y hablar) dentro de las sesiones de clase.
c. Aprobación de los exámenes: “What did we learn?”
Al finalizar el contenido temático de cada nivel, el estudiante deberá presentar y aprobar el examen “What did we learn?” para poder continuar al siguiente nivel.
Si el estudiante reprueba uno de los niveles ofrecidos por la ESAP, deberá cursarlo cuantas veces sea necesario hasta aprobarlo u optar por alguna de las opciones para acreditar el requisito de suficiencia en segunda lengua.
El examen “What did we learn?” del nivel 4 será el examen final aprobatorio del curso de segunda lengua inglesa. Por ende, al aprobar este examen, el estudiante podrá certificar el cumplimiento del requisito de segunda lengua en el marco normativo para todos los estudiantes de los programas de pregrado de la ESAP que opten por el título de profesional universitario.
Una vez aprobados los niveles según la clasificación del estudiante, la Decanatura de Pregrados le informará sobre el cumplimiento del requisito mediante el concepto aprobatorio respectivo.
Para más información sobre el Curso de Lengua Extranjera Inglesa por favor remitir su consulta al correo: decanatura.pregrado@esap.edu.co




