¿Quiénes Somos?
Historia
La ESAP fue creada mediante el artículo 17 de la ley 19 de 1958 y fue organizada por el Decreto Ley 350 del 12 de Febrero de 1960 y puesta en funcionamiento a partir de 1961, dentro de sus funciones aparece la siguiente: “A través de su centro de documentación para formar un acervo de documentos, investigaciones y estudios; y para proveer los servicios necesarios al desarrollo de las actividades docentes, investigativas, de difusión y el intercambio de carácter similar dentro y fuera del país”. Así mismo la Biblioteca empezó a funcionar en 1961 siendo Director de la ESAP el Doctor Guillermo Nannetti Concha.
Recibe el nombre de Biblioteca “Luis Oswaldo Beltrán Jara” tras el fallecimiento del entonces Director Nacional de la ESAP. El Gobierno Nacional dicta el decreto ejecutivo número 1080 del 29 de abril de 1981, “Por el cual se honra la memoria de un distinguido ciudadano”, Después de los considerandos de rigor en que se numera y exalta la personalidad y trayectoria académica del extinto, la citada norma decreta en el artículo 3°. Lo siguiente: “Como homenaje póstumo la Biblioteca Central de la Escuela Superior de Administración Pública se denominará “BIBLIOTECA LUIS OSWALDO BELTRAN JARA”.
Objetivo
Prestar el servicio de consulta bibliográfica a partir de herramientas que fortalezcan el aprendizaje y la investigación en el saber administrativo de lo público, a través de la implementación de nuevas tecnologías.
El sistema de bibliotecas de la Escuela lo conforman 16 Bibliotecas, una en la Sede Central y 15 en las Sedes Territoriales, especializadas en información sobre administración pública y otras áreas de interés; orientadas a recuperar, organizar, conservar y poner a disposición de profesores, investigadores, estudiantes, funcionarios, egresados y usuarios externos, bibliografía que cubre los programas de estudios que ofrece la ESAP.
Cuentan con la suficiente, apropiada y actualizada información bibliográfica en el Sistema KOHA con más de 127.000 títulos que recogen las tendencias del pensamiento político y de la Ciencia Administrativa, con más de 17.000 documentos nacionales sobre gestión local en el Centro Documentación e Información Municipal -CDIM-
Igualmente facilita el acceso a bases de datos, (algunas gratuitas otras por suscripción), con las cuales se asegura la calidad y la actualidad y el acceso a contenidos confiables. Igualmente se le ofrece a la comunidad universitaria acceso a material que no forma parte de nuestras colecciones mediante el servicio de préstamo interbibliotecario, para lo cual se dispone con más de 100 convenios con instituciones universitarias, así como entidades gubernamentales del nivel nacional y local.
Reglamento de la Biblioteca y CDIM
Resolución 436 del 15 de abril de 2013.Reglamento: de la Biblioteca y CDIM
LA DIRECTORA NACIONAL DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP
En uso de sus facultades legales y especialmente las establecidas en el numeral 7 del Artículo 12 del Decreto 219 de 2004, y CONSIDERANDO:
Que el Director Nacional de la ESAP, expidió la Resolución No. 0938 del 11 de octubre de 2002 “Por la cual se establece el Reglamento para la prestación de los servicios del Grupo Biblioteca y Hemeroteca “LUIS OSWALDO BELTRAN JARA” de la Escuela Superior de Administración Pública y se dictan otras disposiciones”. Que se requiere modificar y aclarar los contenidos de algunos componentes de la Resolución No 0938 del 2002 con el propósito de actualizarlos y propender por el mejoramiento de los servicios prestados, adquiriendo fundamentalmente importancia la regulación de dicho servicio a nivel nacional.
Que los Centros de Documentación e Información Municipal- CDIM, son unidades de información que ofrecen servicios y recursos especializados de información sobre la gestión y la administración de los Público en el ámbito municipal.
Documentos de Gobierno, De Referencia, De Reserva General:
Tesis: Documentos Externos
Biblioteca Virtual:
En Audiovisual:
Hemeroteca:
Que los CDIM tiene un espacio físico para la atención de los usuarios, tanto en la Sede Central como en cada una de las Direcciones Territoriales y cuentan con el Sistema de Documentación e Información Municipal- SDIM.
Que el Sistema de Documentación e Información Municipal –SDIM, es el sistema al cual se ingresan los documentos sobre la gestión y la administración de lo Público en el ámbito municipal para la consulta en línea de los usuarios.
Que el Subdirector Académico y la Coordinadora del Grupo de Biblioteca i CDIM, expidieron el día 2 de octubre de 2009, un memorando dirigido a los usuarios de los casilleros y servicios de Biblioteca y CDIM, emitiendo directrices sobre los casilleros y comunicando la fijación de sanciones por el mal uso de tales elementos.
Que mediante comunicación 160.2/0139 del 12 de febrero de 2013, la Coordinadora del Grupo de Biblioteca y CDIM, manifiesta que, por no haberse realizado incremento alguno a las multasen la forma como lo dispone el literal f) del artículo 7o de la Resolución No 0938de 2002, a la fecha resultaría muy oneroso aplicar el mismo año por año de acuerdo al aumento del SMMLV, por lo cual se dispondrá un ajuste promedio.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: