La Dirección Nacional de la ESAP mediante la resolución No.3387 del 1 de Noviembre del año en curso, nombró para asumir funciones en calidad de encargado a Alexander Cruz Martínez como Secretario General de esta entidad en educación superior.
El nuevo Funcionario viene de la oficina de Asesores de la Dirección Nacional de la ESAP, tiene una trayectoria profesional en varias entidades del Estado entre ellas la ESAP y ha sido docente de varias universidades de reconocimiento nacional.
Cruz Martínez nació en Venadillo Tolima, es abogado de profesión, especialista en ciencia política de la Universidad de Ibagué; especialista en gerencia de servicios públicos domiciliarios de la Universidad Externado de Colombia, es Magíster en gestión y políticas públicas de la Universidad de Chile, y en derecho administrativo de la Universidad del Rosario, actualmente cursa el primer año del doctorado en derecho en la Universidad Externado de Colombia, laboralmente se ha desempeñado como asesor y servidor público en algunos municipios del Tolima y Cundinamarca, así como también en el Concejo Distrital de Bogotá. Ha asesorado empresas de servicios públicos domiciliarios. En materia solidaria fue asesor de Coomeva y de otras cooperativas, fue jefe jurídico del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria Dansocial, gerente de bonos y cuotas pensionales en el Fondo de Pensiones del Distrito de Bogotá, Magistrado Auxiliar del Consejo Superior de la Judicatura. Es escritor de varios ensayos y obras que desarrollan el tema de Jurisprudencia, es autor del libro “Intervención del Estado colombiano en el sector solidario”.
Entre sus funciones a ejercer y desarrollar como secretario general de la ESAP están; coordinar la presentación de los asuntos que deban someterse a la consideración del Consejo Directivo Nacional y del Consejo Académico Nacional, preparar y revisar, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica, elaborar las actas del Consejo Directivo Nacional y del Consejo Académico Nacional y someterlas a la aprobación y refrendaciones correspondientes y mantener su archivo, los proyectos de acuerdo del área de su competencia que deban someterse a la aprobación del Consejo Directivo Nacional y del Consejo Académico Nacional, dar trámite, radicar, comunicar y notificar, en los términos legales los actos administrativos proferidos por la entidad y difundirlos según sea el caso, refrendar con su firma los diplomas, actas de grado, títulos y certificados académicos que expida la ESAP, velar por la adecuada guarda, custodia, actualización y verificación de los registros de los programas académicos de la Escuela Superior de Administración Pública, dar trámite a las quejas y reclamos que ante la ESAP sean presentadas, comunicar oportunamente las decisiones tomadas por los organismos de dirección y por la Dirección Nacional, ejercer el control interno disciplinario en primera instancia, comunicar y notificar los actos administrativos que de él se generen, dar curso a la correspondencia interna y externa de la Escuela Superior de Administración Pública, administrar, conservar y mantener actualizado el archivo institucional, rendir informes periódicos y los demás que le solicite el Director Nacional, las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
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