
Es la máxima autoridad académica, crea condiciones para que de manera sistemática, rigurosa y competitiva se desarrolle en la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP, procesos de construcción, reconstrucción y gestión colectiva del conocimiento en el marco de la administración pública que permitan dar respuesta efectiva a las demandas de la sociedad y del Estado, modifica los programas académicos y recomienda al Consejo Directivo Nacional la creación, supresión o fusión de programas de formación, investigación o extensión, define las políticas institucionales en materia de publicaciones y da un previo concepto a las modificaciones al estatuto docente.
Miembros:
• El Director Nacional, quien lo presidirá. • El Subdirector Académico, quien lo presidirá en ausencia del Director Nacional. • El Subdirector de Alto Gobierno. • El Subdirector de Proyección Institucional. • El Decano de la Facultad de Investigaciones. • Un representante de los coordinadores académicos de las direcciones territoriales, elegido por ellos, por convocatoria de la Dirección Nacional para un periodo de dos años. • Dos representantes de los profesores de carrera docente, elegidos por los profesores de carrera, uno por la sede central y otro por las direcciones territoriales, para un periodo de dos años, por convocatoria de la Dirección Nacional. • Dos estudiantes regulares, uno de la sede central y otro por las direcciones territoriales, elegidos por los estudiantes para un periodo de dos años, por convocatoria de la Dirección Nacional. • El Secretario General de la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP, actuará como Secretario del Consejo Académico Nacional.
Actas
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Acta 1 Consejo Académico Nacional 2021 | Descargar |