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¡Cómo vamos en la convocatoria para Municipios de Quinta y Sexta categoría!

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Bogotá, D.C., 15 de diciembre de 2022

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP

A LAS Y LOS PARTICIPANTES EN LA CONVOCATORIA PARA MUNICIPIOS DE QUINTA Y SEXTA CATEGORÍA

Asunto: Avance convocatoria Municipios Quinta y Sexta categoría

Estimadas y estimados aspirantes:

La Escuela Superior de Administración Pública – ESAP informa el avance de la actuación administrativa, dentro de la convocatoria para Municipios de Quinta y Sexta categoría, en los siguientes términos:

  • El día 16 de noviembre de 2022 se comunicó a 46.826 aspirantes que estuvieron en la aplicación de las Pruebas, la actuación administrativa tendiente a determinar la existencia de posibles inconsistencias en las calificaciones preliminares de la Prueba Escrita realizada en el marco del Proceso de Selección Municipios de Quinta y Sexta categoría, las cuales fueron publicadas el 23 de marzo de 2022.
  • La apertura de la actuación administrativa tiene por objeto determinar si existió alguna irregularidad en las calificaciones preliminares publicadas. De este modo, garantizamos la objetividad de los resultados a través del procedimiento que se encuentra estipulado en el Decreto 760 de 2005, que regula la manera de proceder frente al conocimiento de errores presentados durante el desarrollo del proceso de selección, en este caso, Municipios de Quinta y Sexta categoría.
  • El Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá, el día 23 de noviembre de 2022, suspendió la actuación administrativa como medida cautelar hasta que se resuelva de manera definitiva la acción de tutela interpuesta contra el auto que abrió la actuación.
  • En la actualidad la ESAP está recibiendo los derechos de defensa y contradicción de los aspirantes con ocasión del Auto de apertura del 15 de noviembre de 2022, de conformidad con el artículo 21 del Decreto 760 de 2005.
  • La Escuela dará continuidad a las fases subsiguientes del proceso, señaladas en el artículo 3° de los Acuerdos de Convocatoria, una vez el juez de tutela levante la medida cautelar, termine de recibir las solicitudes y recursos de los concursantes, y se publiquen los actos administrativos de cierre, de conformidad con el artículo 22 del Decreto 760 de 2005.
  • Señoras y señores concursantes, la ESAP celebra su activa participación y seguimos atentos a sus solicitudes e inquietudes para garantizar la meritocracia y transparencia de la convocatoria.

Atentamente,

CARLOS ALFONSO BELTRÁN BAQUERO

Director Técnico de Procesos de Selección

Escuela Superior de Administración Pública – ESAP

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